“Produce una inmensa tristeza pensar que la naturaleza habla mientras el género humano no la escucha”
Víctor Hugo
Los avances en materia de tributación ambiental en la región dependen de decisiones de política tributaria coordinadas, estructurales, planificadas y sometidas a mediciones e información verificable
En materia de ingresos estatales hoy en día todos los países de la región enfrentan la misma paradoja: cómo recaudar mayores tributos en medio de una pandemia mundial que ha demandado importantes recursos de la hacienda pública, sin que ello comprometa el desarrollo y crecimiento económico que necesitan los mercados para empezar a revertir los efectos económicos que ha dejado la Covid-19.
Dentro de los retos comunes de los países de la región en materia tributaria se destacan: (i) la lucha contra la corrupción; (ii) y contra la evasión; (iii) el control de actividades e ingresos ilícitos; (iv) la imposición de tributación directa a la economía digital y de los nómadas digitales; y, (v) la incorporación de políticas fiscales en materia ambiental junto con los instrumentos que las desarrollen.
Es de destacar que, siendo problemáticas comunes, es posible y recomendable que se utilicen instrumentos regionales para unir esfuerzos y enfocarse en soluciones conjuntas. Dentro de ellas, se enfatiza la necesidad imperiosa de fijar una posición común, y ojalá de implementar instrumentos de manera homogénea y sin asimetrías frente a la tributación de la economía digital, que hoy concentra tantos intereses.
Por su parte, en materia ambiental, la situación de la región es semejante. Allí la implementación de políticas, instrumentos financieros y tributarios bajo una perspectiva regional, sin soslayar la soberanía que por ejemplo en materia fiscal ejerce cada Estado, resulta una estrategia poderosa.
En esta materia es vital que la implementación de medidas se dé como consecuencia de políticas y una planeación rigurosa. Por ello, la premisa sería que la tributación medioambiental tenga una política fiscal de base que la oriente.
A la fecha contamos a nivel regional con el acuerdo de Escazú, que busca ser la primera herramienta regional vinculante sobre derechos humanos y medio ambiente, que se centra en: (i) el acceso a la información ambiental; (ii) la democratización o vinculación activa de la sociedad en general, y la participación de comunidades históricamente oprimidas (indígenas) que se asientan en territorios ancestrales, relegadas en muchos países en la toma de decisiones medioambientales; y (iii) el acceso a la justicia especializada en dichos temas. Este marco normativo supranacional es un marco dentro del cual es posible empezar a abordar temáticas de instrumentos financieros, dentro de los que se destaquen los de naturaleza tributaria.
Los objetivos de la política general en la materia serían: (i) la protección del medio ambiente; (ii) la competitividad y fuente de generación de empleo; y (iii) la innovación. Estos objetivos encajan con las medidas fiscales a adoptar, toda vez que estas se enfocan de manera directa en:
- La internalización de externalidades negativas, que son el desarrollo del axioma del que contamina paga y del principio de solidaridad. Estos pretenden la recuperación o bien de costos incurridos de los servicios, o del perjuicio o daño al medio ambiente.
- Incentivo o desincentivo fiscal directo a ciertas actividades.
- Alcanzar el recaudo que permita cubrir bienes y servicios generales o con destinación específica.
La tributación ambiental ya ha demostrado con valoraciones cuantitativas su efectividad. Dentro de los casos documentados que pueden analizarse se encuentran los regímenes de diferenciación fiscal para combustibles y de contaminación del aire en Suecia, y el de contaminación del agua y la tasa sobre el óxido de nitrógeno en Holanda.
Derivado de este contexto, ¿qué tipo de hechos económicos son susceptibles de gravarse como en efecto muchos de ellos ya empiezan a estarlo? Sobre el particular, conviene resaltar:
- La gestión de residuos desde industriales, comerciales y hospitalarios, hasta los generados por los hogares, susceptibles no solo de tasas que remuneren su recolección, reutilización, reciclaje, etc., sino tributos destinados a que el generador primario de los mismos los gestione de una forma ambientalmente responsable, y se enfoque o prefiera adquirir productos amigables con el medio ambiente.
- La extracción y manejo de recursos naturales renovables y no renovables. En los países de la región, las licencias en estos eventos se enfocan en la explotación basada en muchos casos en que los Estados son los propietarios de los recursos explotados, por lo que remuneran ese derecho más no el efecto ambiental. Para ello es esencial cuantificar en primer lugar el efecto ambiental, de manera tal que pueda tasarse y recuperarse si es del caso.
- Adquisición y uso de vehículos, aviones, buques, barcos y todo medio de trasporte generadores de emisiones contaminantes, principales responsables de la generación de monóxido y dióxido de nitrógeno.
- Polución de fuentes de agua y quienes utilicen con fines industriales y comerciales este elemento, como son hoy a título de ejemplo la industria de textiles y de la moda; así como al uso de pesticidas, fertilizantes, desechos, residuos tóxicos y vertimientos a toda corriente de agua.
- Emisión de dióxido de azufre, dióxido de carbono (CO2), y los que generen reducción de la capa de ozono.
- La industria de productos energéticos.
- Contaminación sonora y visual, especialmente en zonas de protección.
- Turismo ecológico y turismo responsable.
- Medición de huella de carbono de toda empresa de cualquier tamaño, y determinación de medidas de mitigación y/o retribución.
- Uso y fabricación de plásticos, baterías, y desechos tecnológicos no reutilizables.
Para avanzar en materia de tributación ambiental es necesaria una política regional que no dependa de los políticos del momento de cada uno de nuestros países, los cuales son ejemplo de poca planificación y de legislaciones encauzadas a su periodo de gobierno. El área ambiental demanda un diseño y aplicación esquemática sustentada en mediciones e información verificable, que surja de investigaciones de las diferentes problemáticas, de su contexto y de los aspectos económicos que inciden en ella, con el fin de armonizar y ampliar las bases fiscales de la tributación.
Si bien es cierto que los países de la región hoy tienen implementados beneficios tributarios, bonos e impuestos para incentivar, desincentivar y gravar algunas de las actividades descritas, la desarticulación entre entidades ambientales y fiscales, y la falta de una política coherente y con proyección, hacen que la tributación ambiental en Latinoamérica sea uno de los retos y de las materias en las que tenemos desafíos significativos y pocos resultados a la fecha. El acuerdo de Escazú que se enfoca en la inclusión, en la generación de información, en ese estrecho lazo entre derechos humanos y medio ambiente es sin duda el marco, el momento, el contexto para abordar y asumir el reto tributario y saldar la deuda de tributación medioambiental que nuestros países tienen.
La tributación tiene un compromiso que ambientalmente no debemos postergar ni trasladar a las siguientes generaciones, quienes no deben asumir la responsabilidad por las decisiones que sus antepasados han o no tomado.