Economía Digital

Actualizaciones sobre el Importe B del Pilar 1

Análisis del reciente documento de la OCDE sobre los principales elementos de diseño del Monto B del Pilar 1 para abordar los desafíos fiscales de la economía digital

México
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TEMAS

De acuerdo con el reporte Blueprint del Pilar 1 (2020), el Importe B tiene como propósito “la estandarización de la remuneración de distribuidores (partes relacionadas) que desempeñan ‘actividades basilares de comercialización y distribución’ de una forma alineada con el principio arm’s length”


Antecedentes

Dando continuidad a lo reflejado en el reporte Blueprint del Pilar 1 (2020), el 8 de octubre de 2021 se publicó la “Declaración sobre el enfoque de dos pilares para abordar los desafíos fiscales derivados de la digitalización de la economía”, en la que se describen los componentes de cada pilar con base en el enfoque acordado por el Marco Inclusivo sobre la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios de la OCDE y el G20. En este contexto, uno de los componentes del Pilar 1, denominado “Importe B”, tiene como objetivo simplificar y agilizar la aplicación del principio de plena competencia respecto de actividades básicas de comercialización y distribución, con especial atención a las necesidades de los países con menor capacidad (Low Capacity Jurisdictions); cuyo desarrollo está a cargo del “Grupo de Trabajo No. 6 sobre la Tributación de Empresas Multinacionales” y del “Foro de Procedimientos Amistosos del Foro de Administración Tributaria”, ambos de la OCDE.


Evolución reciente de los trabajos del Importe B

En cuestiones cronológicas, y como se desprende del documento Progress Report on the Administration and Tax Certainty Aspects of Amount A of Pillar One OECD 2022, publicado a finales de septiembre del presente, el Marco Inclusivo aprobó revisar el horizonte temporal del Importe B para alinearlo con el del Importe A, permitiendo así que el trabajo técnico del Importe B se complete para mediados de 2023. De forma complementaria, el Marco Inclusivo también realizará una consulta pública asociada a los desarrollos en materia del Importe B. Dicha consulta se liberará para comentarios de los stakeholders en diciembre del presente año.

Los tres principales elementos de diseño del Importe B son: (i) alcance, (ii) metodología de determinación de precio e (iii) implementación. A continuación, se detallan las principales áreas temáticas y cuestiones más relevantes sobre las que se solicita retroalimentación en el documento de consulta pública del Importe B.


Alcance

El Importe B primero definirá un enfoque ágil y simplificado para reflejar adecuadamente la delimitación precisa de las transacciones dentro de su alcance. Esto se logrará mediante la aplicación de criterios de alcance que definen las transacciones controladas que estarían sujetas al Importe B y establecen criterios cualitativos y cuantitativos para ayudar a esa determinación. Si se cumplen los criterios de alcance y, por lo tanto, el contribuyente está dentro del alcance del Importe B, se aplicaría la metodología de fijación de precios del Importe B para establecer el precio de plena competencia para la transacción dentro del alcance, sujeto a posibles exenciones bajo consideración actual del grupo de trabajo correspondiente.

A priori, el Importe B se aplicaría a (i) arreglos/estructuras de compra-venta donde la parte analizada compra bienes de una o más empresas asociadas residentes en otras jurisdicciones para su distribución mayorista a partes no relacionadas principalmente en su mercado local y (ii) arreglos de agencia de ventas y comisionista donde la parte analizada contribuye a la distribución mayorista de bienes en pro de una parte relacionada; y en la medida en que exhiban características económicamente relevantes similares a las descritas en los criterios de alcance para el Importe B.

De esta forma, los criterios de alcance describen las características económicamente relevantes que una transacción controlada debe exhibir para estar dentro del alcance. En este contexto, la determinación de si una transacción está o no dentro del alcance del Importe B no está impulsada por la adopción de un modelo de negocio específico de comercialización y distribución, sino principalmente por el nivel y tipo de funciones realizadas, activos utilizados y riesgos asumidos por las partes en la transacción controlada.

Así pues, los criterios de alcance apuntan a reflejar la delimitación precisa de una transacción controlada de comercialización y distribución bajo la orientación del Capítulo I de las Guías de Precios de Transferencia de la OCDE. Con el objetivo de simplificar, es importante mencionar que los criterios de alcance no constituyen una lista exhaustiva de actividades que califican como actividades de distribución, sino que describen las características generales que deben tenerse en cuenta para determinar si un distribuidor realiza actividades de comercialización y distribución basilares.

Los criterios de alcance comprenden una combinación de evaluaciones cualitativas que se relacionan con las características económicamente relevantes de la transacción controlada, así como también mediciones y umbrales cuantitativos que pueden derivarse de los estados financieros del distribuidor.


Exclusiones bajo consideración

En lo que respecta al uso del método de márgenes transaccionales de utilidad de operación (TNMM por sus siglas en inglés), con el fin de aplicar la metodología de fijación de precios del Importe B, algunas posturas consideran que ciertas transacciones dentro del alcance pueden analizarse utilizando un método de precios de transferencia alternativo al TNMM, particularmente un CUP, dependiendo de los hechos y circunstancias del caso. El argumento es que esto es necesario para adherirse al principio de plena competencia y, por lo tanto, cumplir con el mandato del Importe B.

Otras posturas consideran que se debe prescribir una metodología de fijación de precios del Importe B, basada en el TNMM, para fijar precios a fin de proporcionar resultados de plena competencia para todas las transacciones dentro del alcance sin la necesidad de considerar métodos alternativos de fijación de precios de transferencia.

Otra exención que se está considerando es si la metodología de fijación de precios del Importe B no debe aplicarse cuando los comparables del mercado local estén disponibles para fijar el precio de la transacción.


Determinación de precio

El trabajo en curso con respecto a la metodología de fijación de precios del Importe B comprende, entre otros, los aspectos relevantes de los criterios para realizar el benchmark de empresas comparables, los indicadores de utilidad neta y los ajustes de comparabilidad que deberían tenerse en cuenta al fijar el precio de las transacciones en el alcance del Importe B. Esto implica desarrollar un marco arquitectónico amplio para la metodología de fijación de precios del Importe B, incluido el establecimiento de un conjunto global amplio de distribuidores independientes utilizando criterios de búsqueda comunes para benchmarking, y el desarrollo de varios modelos econométricos sobre los cuales probar la existencia de correlaciones estadísticamente significativas entre las características económicas identificables de distribuidores independientes distribuidores y niveles de rentabilidad.

El resultado de este análisis técnico pretende ser un conjunto de empresas comparables por referencia a las cuales se determinarían los precios de las transacciones dentro del alcance. Además, si se identifican correlaciones suficientemente confiables, este trabajo puede permitir considerar si se pueden desarrollar enfoques mecánicos o no.

En particular, y sujeto a la finalización del trabajo en curso y la determinación de la confiabilidad estadística y el poder explicativo de los datos, el análisis de regresión podría conducir a: (i) una lista de indicadores basada en evidencia de retornos en la población global de distribuidores, y (ii) la identificación y cuantificación de cualquier ajuste requerido, como el riesgo país, que informaría directamente el diseño de la matriz de precios o la herramienta mecánica de precios para generar resultados de rentabilidad de plena competencia para todas las actividades en el alcance.


Resultados potenciales de la metodología de fijación de precios del Importe B


(i) Matriz de precios

Sujeto al resultado del trabajo técnico en curso, el resultado de los criterios comunes de búsqueda para benchmarking puede presentarse como una matriz de resultados de fijación de precios de plena competencia donde las entidades de comercialización y distribución comparables se agruparían en subconjuntos de acuerdo con sus características económicas relevantes.


(ii) Herramienta mecánica de precios

Este enfoque permitiría una conversión de los datos subyacentes derivados bajo los criterios comunes de búsqueda de benchmarking en herramientas mecánicas de fijación de precios, como una fórmula o un conjunto de ajustes cuantitativos, para derivar de manera confiable rentabilidades de plena competencia adaptados a las características económicamente relevantes de la parte examinada.

Otro enfoque mecánico de este tipo podría involucrar la aplicación de indicadores de utilidad neta con posibles ajustes para mejorar la confiabilidad del resultado de plena competencia en función de las características financieras o de otro tipo determinadas por el análisis estadístico que tienen un impacto en la rentabilidad del distribuidor.

En materia de indicadores de nivel de rentabilidad, y sin perjuicio de la consideración/discusión adicional de indicadores de utilidad neta alternativos, a priori, el margen operativo o retorno sobre ventas se considera el indicador de utilidad neta más apropiado en la mayoría de los casos que están dentro del alcance del Importe B.

En materia de ajustes de comparabilidad, se plantea considerar en qué circunstancias los ajustes de comparabilidad pueden seguir siendo apropiados, si se puede demostrar que dichos ajustes aumentan la confiabilidad de los resultados y si los ajustes se pueden aplicar en la práctica de una manera que no socave los objetivos políticos de lograr simplificación y certidumbre fiscal.


Implementación

El marco de implementación del Importe B deberá garantizar que se logren los objetivos del Importe B establecidos en el mandato, en particular con respecto a su adhesión al principio de plena competencia y su capacidad para mitigar el riesgo de doble imposición y doble no-imposición. Adicionalmente, el marco de implementación deberá considerar que las jurisdicciones miembros del Marco Inclusivo tienen diferentes sistemas legales, lo que podría tener un impacto en cómo se diseña finalmente el Importe B.

En cualquier caso, la expectativa es que la orientación relativa al Importe B tenga una aplicación amplia y consistente entre jurisdicciones. Idealmente, esto podría lograrse a través de la inclusión de la orientación del Importe B en las Guías de Precios de Transferencia de la OCDE. La inclusión del importe B en las Guías de Precios de Transferencia de la OCDE sería de especial importancia para Low Capacity Jurisdictions, quienes, en ausencia de medios internacionales de disputa, pueden apoyarse en el marco conceptual a ser incluido en las Guías de Precios de Transferencia de la OCDE para resolver diputas en las cortes domésticas.


Conclusiones

Desde una perspectiva latinoamericana, la relevancia de las problemáticas regionales de los arreglos/estructuras de comercialización y distribución entre partes relacionadas es resultado no solo de la generalización o proliferación de dichos arreglos, sino también de sus controversias asociadas en América Latina (i.e. problemas de caracterización del tipo de actividad [bajo riesgo], pérdidas consecutivas reportadas por distribuidores de bajo riesgo, evaluación del carácter de plena competencia a margen bruto con gastos de operación significativos, combinación de gastos locales de publicidad y propaganda junto con el pago de regalías a partes relacionadas, entre otros.).

Asimismo, la aplicación convencional del principio arm’s length requiere de las administraciones tributarias y de los contribuyentes del desarrollo de habilidades técnicas, experiencia, tiempo, recursos y acceso a información que puede ser difícil de obtener para ciertos agentes, especialmente Low Capacity Jurisdictions. Atendiendo a esto, la simplificación y agilización implícita en el Importe B beneficia tanto a contribuyentes como a administraciones fiscales en términos de recursos, certidumbre, cumplimiento y reducción de controversias.

Por todo lo anterior, es crucial que tanto la comunidad de negocios como las jurisdicciones que no han estado presentes en el proceso de diseño, desarrollo y discusión de los trabajos del Importe B, participen de forma activa en la consulta pública, enviando retroalimentación al Secretariado de la OCDE en lo relativo a los trabajos del Importe B.